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Declaración de Desastre o Emergencia

Si se ve afectado por una declaración de desastre o emergencia por parte del Presidente o un Gobernador, o un anuncio de una emergencia de salud pública por parte del Secretario de Salud y Servicios Humanos, hay cierto apoyo adicional disponible para usted.


  • Los beneficios del plan de Parte A, de la Parte B y de la Parte C suplementaria deben proporcionarse en centros específicos no contratados (tenga en cuenta que los beneficios de la Parte A y de la Parte B deben obtenerse en centros certificados por Medicare);
  • Cuando corresponda, los requisites para las referencias de guardianes se eliminan por completo;
  • Los montos de costos compartidos fuera de la red aprobados por el plan se reducen temporalmente; y
  • Se renuncia al requisite de notificación de 30 días a los miembros, siempre y cuando (como la reducción o el costo compartido y la renuncia a la autorización) beneficien al miembro.

Si, los CMS (Centros de Servicios de Medicare y Medicaid) no han proporcionado una fecha de finalización para el desastre o la emergencia,, los planes reanudarán su funcionamiento normal 30 días después de la declaración inicial.